Declaración de ética y prácticas editoriales
La Junta. Revista de innovación e investigación contable, promueve la publicación de trabajos inéditos vinculados a la disciplina contable y afines del sector empresarial cuyo tipo de artículos comprende investigación de tipo empírica, teórica y/o aplicada. Para esto fomenta las buenas prácticas en base a normas éticas de publicación entre todos los colaboradores. Cada artículo sujeto a revisión para su publicación deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
Buenas prácticas relacionadas con la editorial:
- Proteger la propiedad intelectual y derechos de autor.
- Eliminar prácticas que puedan ir en detrimento del derecho de autor propio y ajeno.
- Eliminar prácticas que atenten contra la ética y las buenas costumbres.
- Mantener independencia editorial.
- Mantener su compromiso con el mejoramiento continuo de la revista.
- Cuidar la integridad de la producción científica que se publica en la revista.
- Publicar correcciones, aclaraciones, retractaciones y disculpas, en los casos en que sea necesario y con la oportunidad debida.
- Garantizar que, el proceso de evaluación de artículos sea transparente y riguroso.
- Cumplir la decisión de aceptación o rechazo de un artículo para su publicación.
- Explicitar las condiciones de acceso a la revista y de las posibilidades de uso de los diferentes artículos en el marco del derecho de autor.
Buenas prácticas relacionadas con los autores:
- Respetar el derecho de autor, evitando el plagio e incorporando las referencias bibliográficas de la totalidad de los documentos utilizados para la construcción del artículo, en el mismo.
- Respetar el orden de la autoría aceptado por el grupo de autores.
- Evitar prácticas de autoplagio.
- Garantizar la originalidad de los resultados que se presentan en el artículo.
- Hacer explícito en el artículo las consideraciones éticas que se tuvieron en cuenta en la investigación, cuando la misma así lo requiera.
- Asumir la responsabilidad de sus propios planteamientos y de la información que presenta.
- Garantizar que el documento que se somete a consideración de su publicación es inédito.
- Respetar la confidencialidad sobre personas y organizaciones cuando así se ha acordado.
- Obtener las autorizaciones que se requieran de las personas o entidades involucradas en la investigación, en sus datos, fotografías, etc.
Buenas prácticas relacionadas con los pares evaluadores:
- Comunicar al editor cuando exista conflicto de intereses.
- Realizar una evaluación seria y fundamentada en el rigor científico, originalidad y pertinencia de la información.
- Seguir el protocolo de evaluación entregado por el editor.
- Mantener la confidencialidad del proceso de evaluación que realice.
Buenas prácticas relacionadas con los lectores:
- Estimular a los lectores para que respeten el derecho de autor.
- Explicitar la forma en que se pueden utilizar los diferentes artículos, así como la forma correcta de citarlos.
- Estimular a los lectores para que manifiesten sus discrepancias con el contenido o para que comuniquen los errores que puedan encontrar.
- Estimular en los lectores una actitud crítica frente a la revista, sus contenidos y procedimientos.
- Buenas prácticas derivadas de los derechos de Propiedad Intelectual.
- Cuidar que en todo momento se realice el reconocimiento de los derechos morales de los autores y de la manera correcta.
- Entregar a la editorial la autorización de la publicación conforme al protocolo establecido.
- Cuidar la integridad de la información en el proceso de publicación.
- Hacer uso de la información de acuerdo con lo establecido por la editorial, y la autorización, entregada por el autor.
Si el artículo no se adhiere a todos los requisitos, los/as autores/as deberán notificar a la Revista de La Junta para retirar la publicación.
Principios éticos de publicación
- a) Consentimiento informado. Los investigadores deben contar con el consentimiento escrito de los participantes involucrados en la investigación.
- b) El autor deberá firmar un acuerdo de derechos de autor antes realizar la publicación.
- c) Protección de la propiedad intelectual. El autor original conserva los derechos de autor sobre su artículo, pero la Revista La Junta se reserva los derechos comerciales de publicación, así como los derechos para la publicación de compilaciones.
Principios éticos en los artículos científicos
- a) La confidencialidad: los autores deberán consignar que se adhieren a los estándares reconocidos a fin de proteger y salvaguardar cualquier información propia de las organizaciones producto del proceso de investigación.
- b) Formato presentación del informe: los investigadores deben aplicar la última edición del formato editorial APA a fin de estandarizar la presentación del estudio, permitiendo a los lectores valorarlos, replicarlos y utilizarlos.
- c) Los investigadores no deberán inventar datos.
- d) Si los investigadores identifican errores significativos en los datos publicados, deberán comunicar para subsanar públicamente.
- e) Integridad de la Investigación
- Mala conducta: hace referencia a la conducta del investigador en la fabricación, falsificación o plagio al momento de realizar, revisar y presentar resultados de la investigación, según la definición de la Política Federal de Estados Unidos para la Investigación de la Mala Conducta (US Federal Policy on Research Misconduct). Si el comité editorial detecta o sospecha la mala conducta del investigador, solicitará una investigación exhaustiva, a la institución que respalda la investigación, al empleador, patrocinador, o al organismo nacional competente.
- f) Denuncias de irregularidades: se investigarán las denuncias de irregularidades en la investigación, realizadas por personas identificadas o de manera anónima, si se cuenta con la evidencia respectiva.
- g) Plagio: es la copia o el mal uso de la propiedad intelectual de otro individuo. Los investigadores no deben presentar como suyo parte de otros manuscritos o datos ajenos.
- h) Publicación duplicada y redundante de datos: los investigadores deben evitar la publicación de datos que hayan sido publicados previamente, como originales. Esto no impide reeditar o volver a publicar datos en la medida del reconocer el crédito del autor. Las siguientes publicaciones previas no se consideran como publicaciones duplicadas: resúmenes y carteles presentados en conferencias, resultados presentados en convenciones científicas, resultados en bases de datos, así como disertaciones y tesis en archivos universitarios.
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- Reciclaje de textos: los resultados parciales de una publicación previa que se dirigen a una audiencia diferente se permiten cuando la discusión y la conclusión son diferentes.
- Presentación doble: los autores no deben presentar un trabajo a más de una revista de forma paralela. Si el Comité Editorial detecta dicha situación, el manuscrito no será considerado para su publicación.
- Duplicar la información publicada en otros idiomas: traducciones de manuscritos ya publicados no serán considerados para su publicación.
- i) Sanciones: las sanciones se aplican de forma imparcial luego de una exhaustiva evaluación. En primer lugar, se emitirá una retractación. En las circunstancias más graves, la institución de donde procede el/los autor/es será notificada, y la Revista La Junta no aceptará manuscritos a futuro del/de los autor/es involucrado/s.
Normas y Prácticas Editoriales
- a) Autoría: todos los autores del artículo deben firmar un formato de autorización, indicando su nivel de participación con el estudio.
- b) Disputas de autoría: si el Comité Editorial detecta o sospecha problemas de autoría, se pondrá en contacto con el autor principal a fin de solicitar más información, y de ser necesario con los otros autores.
- c) Revisión de Pares: la Revista La Junta aplica la revisión de los manuscritos sometidos por pares a doble ciego. Sólo las siguientes secciones no pasan por la revisión por pares: editorial, in memoriam y reseñas de libros. Todos los manuscritos sometidos son revisados con la confidencialidad del caso, por esto, los pares revisores deben divulgar cualquier conflicto de intereses cuando respondan a una invitación para revisar un manuscrito, así como, cuando presenten los resultados de la revisión de este. En casos en donde haya conflicto de intereses, tales como cuando el revisor ha colaborado recientemente con el autor en la misma institución, o cuando está en competencia directa con el autor, los revisores no podrán revisar el manuscrito de dicho autor.
- d) Tiempos de la publicación: la Revista La Junta suma esfuerzos por asegurar una oportuna revisión por pares, evitando retrasos en el proceso de publicación.
- e) Los editores y el personal de la Revista como autores: la editora y los miembros del Comité Editorial no están involucrados en ninguna decisión sobre los artículos propios sometidos a la Revista de La Junta. Conforme a ello, se proporcionará una declaración en donde se detallará el proceso que se utilizará para tomar la decisión editorial en los casos en donde la editora o los miembros del Comité Editorial sean autores de una publicación.
- f) Conflicto de intereses: los editores, autores y revisores deben revelar cualquier conflicto de interés que pudiera afectar su imparcialidad para presentar o revisar un manuscrito objetivamente. Los conflictos de interés incluyen, aunque no se limitan, a los intereses financieros, personales, políticos o religiosos.
- g) Apelaciones: los autores que no están de acuerdo con el resultado del manuscrito de la editorial podrán presentar una apelación frente a la decisión tomada por el Comité Editorial. Las apelaciones anularán las decisiones anteriores únicamente cuando haya nueva información disponible, por lo que las reversiones de decisiones no se harán sin nuevas pruebas. El Comité Editorial podrá recabar los comentarios de los revisores adicionales con el fin de tomar una decisión.
- h) Correcciones: los lectores y los autores deben notificar a la Revista de La Junta si presenta errores en una publicación, en específico aquellos que pudieran afectar a la interpretación de los datos. Las correcciones se publicarán y, cuando se encuentren errores importantes que podrían invalidar el trabajo, se considerará publicar una retractación.
- i) Retracciones y expresiones de preocupación: las retracciones son publicadas cuando los errores reportados pueden afectar a la interpretación de los datos, así como cuando la información que presenta el trabajo es fraudulenta, o en casos de faltas éticas graves. Se publicarán expresiones de preocupación cuando se tengan serias preocupaciones o sospechas que deban ser notificadas a los lectores.
- j) Retiro de artículos: la eliminación, supresión u ocultamiento de un artículo solo se permite cuando hay un caso que involucra infracciones legales, difamación, u otras limitaciones de carácter legal, así como a la existencia de datos falsos o inexactos. En dichos casos, se publicará una declaración de retirada.
- k) Legislación de protección de datos: la Revista La Junta cumple con la legislación de protección de datos.
Referencias
Committee on Publication Ethics (COPE). Code of conduct and best practice guidelines For journal editors: https://publicationethics.org/
Dora. Rethinking research assessment. Recuperado de: https://sfdora.org/wp-content/uploads/2020/05/DORA_IdeasForAction.pdf
Congreso de la República del Perú. (2013). Ley Nº 29733 Ley de Protección de Datos Personales. Recuperado de: https://diariooficial.elperuano.pe/pdf/0036/ley-proteccion-datos-personales.pdf
Congreso de la República del Perú. (2003). D. L. Nº 822, Ley sobre el Derecho de Autor. Recuperado de: https://www.indecopi.gob.pe/documents/20182/143803/DecretoLegislativo822.pdf
Wiley, J. (2014). Best Practice Guidelines on Publishing Ethics: A Publisher´s Perspective. Second Edition. Recuperado de ver documento.
Springer Nature. Integridad en las investigaciones. Recuperado de: https://www.springernature.com/gp/researchers/the-source/blog/research-integrity?gclid=Cj0KCQiA9OiPBhCOARIsAI0y71DkOd1VhwFf0SRG-2ghQ-VgpmYzG6IvVAjc42KFyPDxozjIYyFM-UAaAgKtEALw_wcB